
¿COMUNA=COMUNISMO?
Por Lcdo. Argeles Agudo Ochoa
Algunos
voceros, principalmente políticos de ideología neoliberal, han expresado en los
medios que cuando se habla de comuna es lo mismo que hablar de comunismo; pero eso es absolutamente falso
tanto desde el punto de vista histórico como desde el punto de vista teórico,
conceptual y práctico. He aquí los argumentos que desmotan la esa aseveración.
Desde el punto de vista histórico, la comuna surgió en la Edad Media como una entidad política con la finalidad de comprometerse fielmente en la defensa mutua tanto física como de lo que consideraban su libertad. Este surgimiento ocurrió aproximadamente a partir del siglo X de nuestra era, pero otras fuentes señalan que existen indicios de manifestaciones en el siglo IX. Como ocurre con otras instituciones, su organización tomó varias formas e incluso más recientemente ocurre lo mismo. Por ejemplo, al extenderse en sus inicios por casi toda Europa, se menciona la ciudad-estado italiana que tenía un sistema aparentemente democrático representativo, en cambio en Alemania se encuentran las ciudades imperiales libres en el sentido de no subordinación a la nobleza y hoy también se encuentran varias formas en distintos países tan de Europa como de América Latina como Francia, España, Colombia.
Además, durante la colonización de nuestra América Latina varios acontecimientos protagonizados por los comuneros (integrantes de una comuna) tales como:
·
Los participantes en la revuelta y Guerra de las Comunidades de Castilla, un levantamiento
contra la corona que tuvo lugar entre 1520 y 1521, protagonizado por las ciudades
del interior de la Corona de Castilla frente a la prepotencia de los nobles
flamencos traídos por el rey.
·
Los participantes en las Revoluciones comuneras de Paraguay, una ocurrida en 1537 y una serie de
levantamientos populares ocurridos entre 1717 y 1735.
·
Los participantes en la Insurrección (revolución, o rebelión) (de los comuneros, que fue un levantamiento popular armado
gestado en el Virreinato de la Nueva Granada (hoy Colombia) en los años 1780.
·
Los participantes en la Insurrección
comunera de los Andes, ocurrida en Venezuela en los años 1780.
·
Los
miembros de la Sociedad o Confederación de Caballeros Comuneros, una
organización secreta paramasónica creada en España entre 1821 y 182.
Nota: Obsérvese que
Carlos Marx nació el 5 de mayo de 1818.
Continuado con
el aspecto histórico, la formulación del comunismo nace, digamos que oficialmente para no entrar en consideraciones de tipo
filosófico o ideológico, a partir del Manifiesto Comunista (1848) aunque como
se sabe las ideas originarias comunistas son muy antiguas, tema que nos el
objeto de esta publicación.
También hay diferencias conceptuales entre
comuna y comunismo a pesar de tener un mismo origen etimológico, a saber:
proviene del Latín commune,is que significa: bien (patrimonio), comunidad,
país, Estado y se añade en el diccionario latino-español español-latino la
acepción in commune que significa para uso general. Sin embargo también difieren en lo conceptual,
lo teórico y lo práctico. En cuanto al comunismo la primera diferencia
conceptual es que éste es un movimiento político cuyo objetivo principal llegar
a “la dictadura del proletariado (entiéndase obreros)” que en la práctica es
derrotar al poder burgués y asumir el control de los medios de producción: esta
acción irá acompañada por otras sucesivamente como la liberación del
proletariado que controlaría la producción por medio de planificación, la
distribución equitativa de la riqueza.
No podemos dejar de mencionar lo que está sucediendo
en Venezuela a partir de instauración de Revolución Bolivariana propuesta por
el Comandante Hugo Chávez Frías después de alcanzar la Presidencia de La
República Bolivariana de Venezuela y una vez promulgada la nueva Constitución
en 1999. En efecto, primero propuso la creación de los consejos comunales que
se hizo realidad a través de una ley posteriormente fueron promulgadas las cinco
leyes para “el fortalecimiento del poder popular” dentro de las cuales se
encuentra la Ley Orgánica de las Comunas que en su Art. 5 define la comuna así:
Artículo 5. Es un espacio socialista, que ,
como entidad local, es definida por la integración de comunidades vecinas con
una memoria histórica compartida, rasgos culturales, usos y costumbres, que se
reconocen en el territorio que ocupan y en las actividades productivas que se
sirven de sustento, y sobre el cual
ejercen loa principios de soberanía y participación protagónica como expresión
del Poder Popular, en concordancia con un régimen de producción local y el
modelo de desarrollo endógeno y sustentable, contemplado en el Plan de Desarrollo
Económico y social de la Nación.
REFEREANCIAS
Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6011. 11/12/2010
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